Sunday, December 31, 2006

SUTEP-ESTATUTO


ESTATUTO DEL SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DEL PERÚ


PRESENTACIÓN


El mundo de hoy procesa impactos motivados por los grandes cambios científico-tecnológicos que realiza el hombre en el campo de la informática, las comunicaciones y la biogenética. El sistema capitalista como siempre busca utilizarlos para incrementar su tasa de ganancia, dogma, vital e histórico para su existencia. Es innegable la enorme influencia de estos cambios en la población; en la conciencia social del trabajador y su incidencia como fuerza de trabajo; repercutiendo en los más trascendentes: su pensamiento, sus valores y su conducta. La ideológica del capitalismo neoliberal busca enajenar al trabajador y su clase, convertirlos en mediocres, erradicar su perfil clasista, con el propósito de perennizar su expoliación y explotación.


La clase trabajadora debe responder el reto de enfrentar el neoliberalismo, salir airoso, retomando la iniciativa en la lucha de clases; oponiéndola alternativas de modelo de desarrollo cualitativamente superior a favor de las clases oprimidas.


Una vez más el trabajador debe actuar colectivamente; sus grandes e históricos logros revoluciones sociales en los últimos siglos, así lo atestiguan. La organización más natural de la clase trabajadora, la Estatuto del Sindicato Unitario de Trabajadores de la Educación del Perú que está al alcance de sus manos el sindicato-, debe renovar, reajustar o fortalecer su estructura, su funcionamiento, su estilo de trabajo, superar errores, desviaciones, o superar lo que hasta aquí fue muy útil; hacerlo ecuménico y enraizado en las masas; sin despojarlo de sus principios de clase, sus objetivos ideales, asumiendo los intereses concretos e históricos de la clase trabajadora, construcción de una sociedad sin explotadores ni explotados-, que son las piedras angulares o ejes estratégicos de confrontación de la clase explotadora en el campo laboral, social, cultural y político.


El Estatuto del SUTEP es la norma jurídica de mayor jerarquía en el Sindicato, comparable con la Constitución Política para un Estado.


ES una herramienta de trabajo de todo sindicalista, dado que expresa su pensamiento y su orientación para actuar de manera coherente.

Su aplicación esta supeditada al grado de conciencia y al proceso de institucionalización de la organización sindical.


El objetivo alcanzar al reeditar el Estatuto del SUTEP y su Reglamento es poner en conocimiento de todo el magisterio sutepista, para su estudio y aplicación a fin que nos permita a los maestros del Perú organizar y fortalecer los SUTE Bases, como sustento de la institucionalidad gremial.


La verdad es que lo fundamental del Estatuto siempre ha tenido vigencia. No está en cuestión el carácter de frente único del Sindicato, tampoco está en tela de juicio la obligación de todo maestro del SUTEP a poner por encima de cualquier discrepancia la unidad sindical clasista, pues, es sabido que el sindicato no es un partido político.


Tampoco merece observancia el centralismo democrático, principio fundamental de organización, y que permite que los acuerdos se tomen por mayoría, sin avasallar ni dejar de respetar a las minorías.


En ese sentido, el Estatuto es vigente, y conserva en esencia el carácter que el amauta José Carlos Mariátegui, le señaló a los sindicatos clasistas, donde caben todas las corrientes ideológicas y políticas.


Bien señalaba: el frente único no anula la personalidad de quienes lo integran.


No creemos, que esté en cuestión los principios clasistas de basarse en las propias fuerzas, la solidaridad de clase, la independencia política; aunque es evidente que con el autosostenimiento no hemos sido firmes en su cumplimiento. Hay necesidad de practicar la cotización sindical a la sola solicitud de los SUTE Provinciales. Esta práctica fue interrumpida en la época de la dictadura fujimorista y en otros casos en el gobierno anterior.


Hay otros aspectos que requieren ser analizados para ver qué tanto son vigentes, podríamos señalar por ejemplo el carácter de la representación, la situación de los maestros contratados merece un trato adecuado, sobre todo porque atraviesan por una situación difícil.


Por otro lado, somos de la opinión que se debe garantizar una vida orgánica y dinámica, una relación de arriba abajo, y viceversa, entre la dirigencia ‘nacional y las bases, de modo que las instancias resolutivas y consultivas del gremio deban estar garantizadas por el Estatuto; asimismo, que dada nuestra condición de gremio de maestros es requisito indispensable fijar normas estatutarias precisas respecto al trabajo pedagógico y las unidades de investigación y capacitación que tendrán que implementarse desde el SUTEP.


El CEN del SUTEP, periodo 2002 2004, tuvo el encargo de encarar el Congreso Estatutario, para tal efecto, reeditó el Estatuto del SUTEP y su Reglamento permitiendo un análisis crítico, analítico y reflexivo, en función de nuestra visión histórica y la realidad actual, conducente a revitalizar nuestro sindicado para llevar con éxito el proceso de unidad, renovación y viraje. La fortaleza organizativa permitirá librar batallas con resultados victoriosos. Marchar al Congreso Estatutario implica generar un gran movimiento teórico y organizativo tendiente a sintonizar al sindicato con la situación actual del país, la educación y el magisterio; la orientación combativa y de clase, así como su modernización pasa por renovar el Estatuto vigente.


En esta orientación, el CEN del SUTEP pone a disposición de las bases y afectuosamente de los sindicados hermanos de la clase trabajadora del Perú- el Estatuto del SUTEP y su Reglamento; este último elaborado y aprobado en 1992, trascrito por primera vez en toda su integridad para que el magisterio nacional aplique como instruyen to de análisis de la realidad organizativa del Sindicato, y adecué los cambios que sean urgentes en las nuevas condiciones políticas e históricas que vive el país, para proseguir en su lucha junto al pueblo, y derrotar el continuismo neoliberal, contra poniéndola una alternativa
democrática, patriótica y popular.


«Abandonar a los humildes, a los pobres en la batalla contra la iniquidad, es una deserción cobarde» (JMC).


Lima, Marzo del 2003.

CEN SUTEP




PRESENTACIÓN
EDICIÓN 2004


EL SUTEP, «Conjunto de pensamiento y la acción clasista de los trabajadores en la educación», continúa en su lucha intransigente por labrar condiciones de vida dignas para el magisterio y su pueblo y una educación nacional, científica, democrática y popular en el país; motivaciones concretas e históricas que obliga mejorar sus formas de confrontación con un Estado autoritario, burocrático y centralista y un modelo económico y cultural neoliberal.


La presente Edición del Estatuto del SUTEP y su Reglamento, modificado en el 11 Congreso Nacional Extraordinario de los 29,30 y 31 de agosto del 2003, está puesta a disposición del magisterio y los trabajadores del país con el propósito de contribuir al mejoramiento de sus luchas por la consecución de una sociedad sin explotados ni explotadores.


El contenido de estos documentos es una versión modificada que busca adecuarse a las necesidades que exigen las circunstancias político-sociales del país y las metas trazadas por el SUTEP y sus bases.


Lima, enero del 2004


El Comité Ejecutivo Nacional del SUTEP



DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS


Los sindicatos tienen su origen en la necesidad de los obreros de conformar organizaciones que les sirvan para su defensa frente a la explotación de las que son objeto por el capital. Surgieron superando formas asistencia les o gremios artesanales como las mutuales, cooperativas, etc. Al superar tales organizaciones, el sindicato no busca la solución de las miserables condiciones materiales de vida de los trabajadores a costa de mayor sacrificio de ellos mismos; por el contrario, plantea la lucha directa contra los explotadores exigiéndoles las soluciones a sus reivindicaciones.


El sindicato cumple dos funciones: la primera organiza y defiende a los trabajadores en sus luchas reivindicativas, principalmente por arrancar a los dueños de los medios de producción (en general a cualquier patronal) «un mejor precio por su fuerza de trabajo» (salario, reposición y producción de la misma»; la segunda, a través de la lucha y la labor de educación en su seno, los trabajadores comprenden que la solución definitiva a sus reivindicaciones sólo se dará con la destrucción del sistema explotador y, la construcción de una sociedad justa sin explotados ni explotadores.


Por la lucha y la educación, los explotados comprenden que ese cambio revolucionario de la sociedad, necesita formas superiores de organización y lucha a las practicadas usualmente por el sindicado.


El Estado reaccionario, aparato burocrático-militar, organizado por las clases explotadoras para mantener la sociedad basada en la explotación del hombre por el hombre, es el obstáculo principal para la solución integral de las reivindicaciones y otros problemas más.


La cuestión de quien controla el Estado, quien tiene el poder, es clave. Luego, los proletarios y demás oprimidos deben tomar el poder e instaurar una nueva sociedad justa.


El sindicato no puede dirigir la lucha por el poder, pero debe contribuir a ella con la educación y organización de las masas, lo hará principalmente a través de su propia acción directa en defensa de sus reivindicaciones.


En nuestra sociedad peruana semicolonial, predominantemente capitalista, los sindicatos cumplen las características arriba mencionadas.


En el devenir histórico, la organización sindical ha dejado de ser exclusivamente obrera. Alcanza a otros sectores de trabajadores como el nuestro. Los maestros, a diferencia de los obreros (en especial los proletarios), no participan en forma directa en la producción de bienes materiales, trabajamos en el sector de servicios; nuestra relación con los explotadores se da indirectamente, con sus representantes, los miembros del aparato burocrático integrantes del Estado.


En este caso, con el Ministerio de Educación. Recibimos una remuneración mensual por nuestro trabajo, la que pierde su capacidad adquisitiva constantemente, lo que nos plantea el mismo problema principal de los obreros; la lucha por el mejoramiento constante del salario. Los trabajadores en la educación, al igual que el proletariado, también luchamos por mejores condiciones de trabajo y otros derechos democráticos.


Nuestro trabajo (obligado por el Estado) consiste principalmente en retransmitir los patrones ideológicos y políticos en las clases en el poder. Sin embargo, cada vez más numerosos contingentes de maestros se niegan a una transmisión ciega o sumisa y procuran desarrollar alternativas ideológicas, políticas, educativas y culturales, acordes con la realidad económica social de nuestra patria y los intereses del Pueblo.


Ello conlleva al cuestiona miento del sistema educativo inherente aesta sociedad basada en la explotación. Conlleva también, en consecuencia, a la lucha ideológica y política con los representantes de las fuerzas reaccionarias. Vemos así que el sindicato es también una organización necesaria para esta lucha.


El conjunto de las consideraciones anteriores y la historia de la humanidad, nos plantea un hecho objetivo; desde el momento que apareció la explotación del hombre por el hombre y consiguientemente las clases sociales, la lucha de las clases ha sido el motor que ha impulsado el desarrollo de la historia. El reconocimiento y práctica de este principio es la piedra de toque para la determinación del carácter clasista de un sindicato.


Ese reconocimiento significa, en la práctica, asumir una ubicación consciente en el campo de los explotados y oprimidos que luchan por sus reivindicaciones inmediatas y su liberación definitiva. Reconocimiento que significa el uso de criterios definidos en cuanto a la organización y la relación solidarias con las demás clases y capas sociales oprimidas y sus respectivas organizaciones de defensa.


Por lo tanto, surge la necesidad de determinar en primer lugar, el campo popular, integrado por la clase obrera, el campesinado, la pequeña burguesía y, en determinadas circunstancias, la burguesía nacional o media arruinada y/o marginada por los enemigos del pueblo; en segundo lugar, el campo del enemigo, integrado por el imperialismo, principalmente norteamericano, la gran burguesía y los terratenientes supérstite. La alianza obrero campesina e el eje de las luchas conjuntas de las clases oprimidas en contra de la reacción.


En razón de todo ello, el SINDICATO UNITARIO DE LOS TRABAJADORES EN LA EDUCACIÓN DEL PERÚ (SUTEP) reconoce, se orienta por, y basa su práctica en el PRINCIPIO UNIVERSAL DE LA LUCHA DE CLASES.


Del reconocimiento del principio universal de la lucha de clases, principio rector, se deriva la adopción de los principios siguientes:


UNIDAD CLASISTA.- La unidad de los trabajadores está basada en la comunidad de intereses que tienen como integrantes de una capa social o clase social. Por eso la unidad tiene que plantearse en torno a una correcta comprensión de lo que es el FRENTE UNICO DE CLASE.


Entendiéndose que éste no anula ni impone filiación política a cada uno de sus integrantes. «El frente único tampoco es amalgama de posiciones políticas ni confusión de doctrinas, cada quien tiene el derecho a mantener la suya y a trabajar por la propagación de su credo».


La materialización de la unidad clasista se da sobre cuestiones concretas, que en nuestro caso significan:

- El reconocimiento de los principios del sindicalismo clasista;

- La aceptación y defensa del Estatuto y su Reglamento; y La defensa del Pliego de Reclamos y el acatamiento de las medidas de lucha que se acuerdan para tal efecto.


INDEPENDENCIA POLÍTICA.- Significa que como organismo de defensa de los trabajadores en la Educación, nuestro Sindicato comprende que conjuntamente con sus propias reivindicaciones existen otras de las diferentes capas y clases sociales oprimidas en nuestro país. Reivindicaciones históricas del pueblo peruano que el SUTEP enarbola y por cuya consecución, contribuye y se integra a las luchas del mismo. Conjunto de reivindicaciones que conforman los planteamientos programáticos del SUTEP.


La independencia política significa que los intereses históricos e inmediatos de los trabajadores son diferentes a los de los explotadores, que definen, a su vez, formas de organización y lucha diferentes.


La independencia política significa también que tanto en lo programático como el de las formas de lucha y organización, los trabajadores no deben permitir la intervención de la patronal, directamente o a través de elementos pro patronales, en la dirección del sindicato.


SOLIDARIDAD DE CLASE.- Parte de la comprensión que el trabajador en la educación es un miembro más de las clases explotadas y oprimidas, por lo que no se puede encontrar al margen de las luchas populares en su conjunto. Es su obligación el desarrollar a través de su sindicato, acciones concernientes a la manifestación concreta (material) del mutuo apoyo dentro del gremio. Es un deber el apoyo a otros gremios y organizaciones populares en lucha, desde pronunciamientos públicos hasta el desarrollo de acciones conjuntas.


La solidaridad de clase, significa también el mutuo apoyo internacional de la lucha de los trabajadores, pueblos y naciones contra la dominación, la opresión y la explotación. Su versión más depurada es el internacionalismo proletario.



BASARSE EN LAS PROPIAS FUERZAS.- En el desarrollo de nuestro sindicato, en el fortalecimiento de sus organismos, en sus labores de educación sindical y en la propagandización que de sus actividades realice, en los fondos económicos que se recauden yen las luchas que se asuman, el principio que «son los factores internos los que determinan el desarrollo de un fenómeno» habrá de aplicarse constantemente.


Los triunfos y avances que podamos conseguir habrán de ser garantizados por el desarrollo de nuestras propias fuerzas ni «ayudas» de los organismos de la patronal ni de sus partidos políticos. Por el contrario, debemos buscar el apoyo en las fuerzas del pueblo, en las organizaciones de los demás trabajadores, sin que esto signifique tampoco él supeditamos a ellos.


CENTRALISMO DEMOCRÁTICO.- Es la unidad dialéctica de la centralización del mando (Dirección) y las decisiones democráticas de las bases en las cuales se sustenta aquella.


Establece la relación democrática del respeto a las opiniones de las minorías y el acatamiento disciplinado por éstas a las decisiones adoptadas por las mayorías. Exige la obligación de cada uno de sus miembros a acatar y defender los estatutos y las decisiones de los eventos orgánicos.


Por el centralismo, las bases tienen la obligación de respetar a sus dirigentes e implementar las directivas de los respectivos Comités Ejecutivos. Por la democracia, tienen el derecho de evaluar en los certámenes correspondientes, la labor de sus dirigentes y aplicar, en ellos, la revocabilidad de su mandato cuando así lo juzguen justo y necesario.


Para garantizar una correcta conducción de las luchas de los trabajadores, se debe adoptar el principio de dirección sindical de las bases a las bases, que significa recoger las ideas de las bases, dispersas y no sistematizadas, para sintetizarlas, difundirlas y explicarlas, para que la hagan suyas, y llevarlas a la acción.


Tomando en cuenta la aplicación de estos principios a nuestras luchas, podemos afirmar que: EL SUTEP ES LA CONJUNCION DEL PENSAMIENTO y LA ACCION CLASISTA DE LOS TRABAJADORES EN LA EDUCACION DEL PERU.


El SUTEP, por su propia práctica y su orientación clasista, asume una posición consecuente y firme frente al denominado «apoliticismo» que las fuerzas reaccionarias plantean para los sindicatos y que puede causar confusión en algunas bases. Esta vieja trampa reaccionaria pretende que los trabajadores no desarrollemos nuestras propias alternativas históricas de liberación y justicia social. El «apoliticismo » significa para los trabajadores que «los sindicatos no deben participar en ninguna actividad política..., excepto la de los patrones » Contra el «apoliticismo», los trabajadores debemos defender nuestro derecho a organizamos y expresamos políticamente sobre todo en defensa de nuestros intereses de clase.


Es importante también, para los trabajadores, deslindar con las principales corrientes sindicales ajenas al clasismo: el sindicalismo amarillo, el sindicalismo reformista y el sindicalismo anarquista.


El sindicalismo amarillo, es aquel que defiende abiertamente los intereses de los explotadores, reduce su «lucha» a las componendas de los patrones contra los trabajadores. Postula el apoliticismo.


Es implementando por los agentes sociales del imperialismo y sus aliados en cada país donde se presenta.


El sindicalismo reformista, es una corriente de desviación en el seno de los propios trabajadores, que renuncia a la educación y lucha clasista de los mismos. Su práctica apunta fundamentalmente a la adecuación al sistema económico-social de la burguesía. Consciente e inconscientemente, en el fondo, también sirve a los intereses de la burguesía.


El sindicalismo anarquista es otra corriente de desviación en el seno de las masas trabajadoras. Generalmente basa su accionar en la interpretación subjetiva y dogmática de los fenómenos sociales. Separa artificialmente a la lucha política de la lucha económica, deviniendo así en otra manifestación del apoliticismo. Privilegia el economicismo.


Su práctica es de oposición al centralismo democrático, siendo por ello una corriente centrífuga que atenta contra la unidad del sindicato. Representa en lo fundamental las opiniones de la pequeña burguesía radicalizada.


Ante estas corrientes, los trabajadores tendremos garantías de consecución de nuestras reivindicaciones inmediatas e históricas, sólo si persistimos en los principios, la práctica consciente y el desarrollo del sindicalismo clasista.


Lima, Setiembre 01 de 1987


(Aprobado en el 11 Congreso Nacional Estatutario - Lima 1987 y modificado: en el VI Congreso Nacional Ordinario de 1989, el II Congreso Nacional Extraordinario del 2003, el XII Congreso Nacional Ordinario del 2005, ratificado en el I Congreso Nacional Extraordinario del 23 y 24 de Setiembre de 2005.



CAPÍTULO I
DE LA CONSTITUCIÓN, PERSONERÍA JURÍDICA, NOMBRE, LEMA Y SEDE


Artículo 1°.- EL SINDICATO UNITARIO DE LOS TRABAJADORES EN LA EDUCACIÓN DEL PERU (S.U.T.E.P.) está constituido por los trabajadores
en la educación del Perú.

Es base de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP).

Está afiliado a la internacional de la Educación (lE).


Artículo 2°.- El SUTEP es una organización sindical con personería jurídica registrada de acuerdo a Ley.


Artículo 3°.- EL SUTEP tiene como lema «POR LA UNIDAD SINDICAL CLASISTA» el mismo que debe figurar en el encabezamiento de los documentos y mensajes de todos los escalones de la organización.


Artículo 4°.- La sede del SUTEP es la ciudad de Lima. En casos excepcionales se podrá trasladar a la capital regional que acuerde la Asamblea Nacional de Delegados Regionales.


CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS Y FINES


Artículo 5°.- Son objetivos del SUTEP:
a) Conquistar, defender y ampliar los derechos económicos, sociales, políticos, profesionales y culturales de los trabajadores en la educación;

b) Desarrollar la conciencia de clase y el nivel cultural de los trabajadores en la educación;

c) Contribuir en la defensa de los derechos del niño, de la juventud y de la mujer;

d) Coadyuvar en la lucha por una educación nacional, científica, democrática y popular;

e) Contribuir en la defensa de las libertades democráticas y sindicales, de los derechos humanos y todos los derechos del pueblo;

f ) Coadyuvar en el proceso de unificación y centralización sindical y popular, en la construcción de los órganos de democracia directa y en la forja del Frente Único del país;

g) Contribuir a la lucha por la paz, el progreso social, la liberación y la independencia de las clases oprimidas, pueblos y naciones que luchan por su liberación; contra el imperialismo y toda forma de colonialismo, intervencionismo, racismo y sionismo.


h) Participar activamente en los esfuerzos por la coordinación y centralización de los trabajadores en la educación de Latinoamérica.


Artículo 6°.- Son fines del SUTEP:
a) Mejoramiento constante y permanente de las condiciones de vida material y espiritual de los trabajadores en la educación;

b) Conquista de disposiciones legales y laborales favorables al magisterio, trabajadores y al pueblo;

c) Formación de una conciencia democrática, patriótica, solidaria y liberadora de los trabajadores en la educación;

d) Formación de un perfil sindical responsable, ligado a las bases, capaz para orientarse con solvencia política, y el desarrollo de la conciencia de clase y nivel cultural de los trabajadores en la educación; obtención de un espíritu de honestidad y disciplina;

e) Unificación y centralización del movimiento sindical y popular, y la forja de un frente único en el país;

f ) Participación activa en el análisis y evaluación de las políticas económicas, educativas y pedagógicas en el país y el mundo, en perspectivas de un Proyecto Educativo Nacional y una educación nacional, científica, democrática y popular;

g) Coordinación y centralización de los trabajadores en la educación de Latinoamérica.


CAPITULO III
DE LOS MIEMBROS DEL SINDICATO, SUS DEBERES Y DERECHOS

Artículo 7°.- Son miembros del SUTEP los trabajadores en la educación que cumplen los siguientes requisitos:

a) Asumir el presente Estatuto y su Reglamento;

b) Estar empadronado en su respectivo SUTE BASE; y

c) Cotizar regularmente en la forma que lo acuerde el Sindicato.


Artículo 8º.- Son deberes de los miembros del SUTEP:
a) Respetar, acatar y defender el presente Estatuto y su Reglamento, y denunciar sus transgresiones;

b) Acatar los acuerdos emanados de los eventos de los organismos superiores del Sindicato y denunciar las transgresiones;

c) Cumplir disciplinadamente y con iniciativa en las comisiones y tareas que encomiende el Sindicato;

d) Concurrir regularmente a las reuniones orgánicas del Sindicato;

e) Defender la unidad y la organización del Sindicato y respetar los conductos regulares para el ejercicio de los derechos gremiales;

f ) Contribuir en la solución de problemas que afecten a la organización y/o a sus afiliados;

g) Cumplir con abonar regularmente las cotizaciones; y.

h) Asumir una conducta ética y transparente en sus funciones como maestro de base y/o dirigente.


Artículo 9°.- Son derechos de los miembros del SUTEP:
a) Elegir y ser elegido en los cargos sindicales y/o comisiones específicas;

b) Ser garantizado en la defensa de sus derechos;

c) Gozar de voz y voto en los eventos sindicales, según el reglamento correspondiente;

d) Presentar mociones e iniciativas que contribuyan a la mejor marcha del gremio;

e) Exigir el cumplimiento del Estatuto y su Reglamento, y vigilar la labor de los dirigentes; y

f ) Ser partícipe de los beneficios obtenidos como consecuencia de la lucha sindical.


CAPITULO IV
DE LAS FALTAS Y SANCIONES


Artículo 10°.- Se consideran faltas: las transgresiones del Estatuto, de los Reglamentos y acuerdos de los eventos y, toda acción que atente contra el Sindicato, su funcionalidad y acciones de lucha.


Artículo 11 °.- Las faltas se juzgarán de acuerdo a la gravedad, aplicándose alguna de las sanciones siguientes:

a) Amonestación pública;

b) Suspensión en el cargo;

c) Censura y destitución del cargo;

d) Suspensión de uno o más derechos que establece el presente Estatuto;

e) Suspensión de la militancia sindical; y

f ) Expulsión.

Ninguna es previa para aplicar la siguiente.


CAPÍTULO V
DE LAS BASES Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

Artículo 12°.- Son bases del SUTEP y constituyen su estructura orgánica: LOS SUTES de las instituciones educativas, los SUTEs distritales, provinciales o sectoriales (Lima y Callao) y los SUTEs Regionales.


Artículo 13°.- La instancia fundamental del SUTEP es el SUTE BASE de cada Institución Educativo. En él ejercen la máxima dirección y gobierno sindical la Asamblea de la Base, que elige su Comité Ejecutivo de base como segunda instancia de dirección.


Artículo 14°.- El SUTE DISTRITAL, se forma por la integración de los SUTE BASE; Y el máximo organismo de dirección y gobierno es la Asamblea Distrital y en ésta se elige el Comité Ejecutivo Distrital. La Asamblea Distrital se conforma por los miembros del Comité Ejecutivo Distrital y los delegados de los SUTE Bases, de acuerdo con la proposición siguiente:

a) Del 1 a 10 afiliados, un (1) delegado;

b) De 11 a 20 afiliados, dos (2) delegados;

c) De 21 a 50 afiliados, tres (3) delegados y;

d) De 51 a más afiliados, cuatro (4) delegados.


Artículo 15°.- Los SUTE PROVINCIALES O SECTORIALES (Lima y Callao) se forman por la integración de los SUTE Distritales y SUTE Bases ó solo por SUTE Bases (Lima y Callao). Sus órganos de gobierno y dirección son:

a) La Convención Provincial o Sectorial (en Lima y Callao).

b) La Asamblea Provincial o Sectorial de Delegados; y

c) El Comité Ejecutivo Provincial o Sectorial.


Artículo 16°.- La Convención Provincial o Sectorial es el máximo organismo de dirección y gobierno del SUTE PROVINCIAL o SECTORIAL.


Tiene atribuciones deliberativas, resolutivas y eleccionarias. Está conformada por los miembros plenos siguientes:

a) Tres (3) Delegados por cada SUTE Distrital;

b) Delegados del SUTE BASES, en la proporción señalada en el Art. 14°; y

c) Los miembros del Comité Ejecutivo Provincial o Sectorial.


Artículo 17°.- La Asamblea Provincial o Sectorial (Lima y Callao) de Delegados es el organismo encargado de fiscalizar y coordinar la labor sindical del Comité Ejecutivo Provincial, de los Comités Ejecutivos Distritales y de SUTE BASES. Está conformada por los miembros plenos siguientes:

a) Dos (2) Delegados de cada SUTE Distrital;

b) Delegados de los SUTE BASES, en la proporción siguiente:

c) De uno (1) a veinticinco (25) afiliados, un (1) delegado;

d) De veintiséis a más afiliados, dos (2) delegados; y

e) Los miembros del Comité Ejecutivo Provincial o Sectorial.


Artículo 18°.- Los SUTE REGIONALES se forman por la integración de sus respectivos SUTE provinciales o sectoriales; y sus órganos de gobierno y dirección son:

a) EI Congreso Regional;

b) La Convención Regional;

c) La Asamblea Regional de Delegados Provinciales o Sectoriales; y

d) EI Comité Ejecutivo Regional.


Artículo 19°.- El Congreso Regional es el máximo organismo de Gobierno y dirección de un SUTE Regional. Tiene atribuciones deliberativas, resolutivas y eleccionarias. Está conformado por los miembros plenos siguientes:

a) cinco (5) delegados por cada SUTE provincial o sectorial (Lima y Callao);

b) Un (1) Delegado por cada SUTE distrital;

c) Un (1) delegado de los SUTEs de Institutos Superiores por cada provincia o sector (Lima y Callao); y d) Los miembros del Comité Ejecutivo Regional.


Artículo 20°.- La Convención Regional tiene atribuciones deliberativas y resolutivas y está conformada por los miembros plenos siguientes:

a) Tres (3) Delegados por cada SUTE provincial o sectorial (Lima y Callao);

b) Un (1) Delegado por cada SUTE distrital;

c) Un (1) Delegado de SUTE de Institutos Superiores por cada provincia o sector (Lima y callao); y

d) Los miembros del Comité Ejecutivo Regional.


Artículo 21°.- La Asamblea Regional de Delegados provinciales o sectoriales tienen atribuciones deliberativas y resolutivas. Está conformada por los miembros plenos siguientes:

a) Dos (2) Delegados provinciales o sectoriales (Lima y Callao); y

b) Los miembros del Comité Ejecutivo Regional incluido el Seco Regional de Educación Superior.


Artículo 22°.- La Coordinadora Zonal Sindical se forma por la integración de SUTEs Distritales que por su ubicación territorial tiene dificultades para relacionarse con los escalones sindicales, Provinciales y/o Sectoriales (lima y Callao) o de SUTEs Bases de una misma localidad, caracterizada por ciertas condiciones de vecindad territorial y/o vías de comunicación.


Artículo 23°.- La Coordinadora Zonal Sindical es convocada por el Comité Ejecutivo Provincial o Sectorial (Lima y Callao) para efectos de coordinación deliberación, aplicación y desarrollo de los acuerdos y orientaciones del Sindicato.


Artículo 24°.- Los encuentros Macroregionales son eventos funcionales y con objetivos específicos de coordinación, deliberación, aplicación y desarrollo de los acuerdos y orientaciones nacionales, y participan los SUTEs Regionales de vecindad territorial.


Artículo 25°.- Los encuentros Macroregionales son convocados por el CEN del SUTEP, con sujeción a un reglamento y a una agenda específica, cuya sede podrá ser rotativa y fijada por el mismo CEN en coordinación con los SUTEs Regionales.


Artículo 26°.- El principio organizativo que rige la dirección y gobierno del SUTE es el CENTRALISMO DEMOCRÁTICO, que significa:

a) Las decisiones y la autoridad emanan de las bases;

b) El mando es centralizado;

c) Las mayorías respetan a las minorías y éstas acatan las decisiones de aquellas;

d) La elección de los dirigentes se realiza según la calidad y consecuencia sindical, y es revocable; y

e) Las relaciones orgánicas son permanentes y se dan de arriba a abajo y viceversa.


CAPÍTULO VI
DE LOS ORGANISMOS NACIONALES DE GOBIERNO Y DIRECCIÓN DEL SUTEP


Artículo 27°.- Los organismos nacionales de gobierno y dirección del SUTEP son los siguientes:

a) El Congreso Nacional;

b) La Convención Nacional;

c) La Asamblea Nacional de Delegados Regionales; y

d) El Comité Ejecutivo Nacional.


Artículo 28°.- El Congreso Nacional es el máximo organismo de gobierno y dirección del SUTEP. Sus funciones son: Trazar las líneas político-sindical, educativa y orgánica y, determinar el programa único y las formas de lucha.


Artículo 29°.- Habrá Congresos Ordinarios, cada dos años y, Extraordinarios, cuando los convoque el Comité Ejecutivo Nacional o a solicitud de los dos tercios del número de bases regionales. Los Congresos Pedagógicos y Estatutarios tienen el carácter de extraordinarios, así como nombres y numeraciones propias.


Artículo 30°.- La sede del Congreso Nacional Ordinario será rotativa y fijada por el Congreso Ordinario anterior, de acuerdo a las condiciones más adecuadas para su realización.


Artículo 31°.- Son atribuciones del Congreso Nacional:

a) Discutir y resolver los puntos consignados en el temario;

b) Revocar, modificar o ratificar los acuerdos de los certámenes anteriores;

c) Elegir el Comité Ejecutivo Nacional(CEN);

d) Discutir y sancionar la gestión económica anterior;

e) Revisar y sancionar los Estatutos y/o su Reglamento;

f ) Evaluar la labor del Comité Ejecutivo Nacional;

g) Resolver los asuntos sindicales que las instancias y escalones inferiores lleven en consulta y que no signifiquen zanjamientos de problemas orgánicos que son de competencia de sus propias bases.


Artículo 32°.- El Congreso Nacional Ordinario será convocado con 3 meses de anticipación, fijando el temario y adjuntando los documentos pertinentes para su discusión en las bases. Los Congresos Extraordinarios serán convocados con un(l) mes, por lo menos, de anticipación.


Artículo 33°.- Los Congresos Nacionales se integrarán con los miembros plenos siguientes:

a) Delegados regionales, según la proporción siguiente:
- De 1 a 3 provincias, 2 delegados;
- De 4 a 6 provincias, 4 delegados;
- De 7 a 12 provincias, 6 delegados;
- De 13 a 24 provincias, 8 delegados;

Con más de 24 provincias, 10 delegados;

b) 3 Delegados por cada SUTE provincial o sectorial(Lima y Callao);

c) Los miembros del CEN.


Artículo 34°.- Previo al Congreso Nacional deberán realizarse los respectivos eventos, regionales y provinciales o sectoriales; en caso contrario, acreditarán un solo delegado.


Artículo 35°.- Los Congresos Nacionales se realizarán con sujeción a un Reglamento permanente.


Artículo 36°.- La Convención Nacional es un certamen funcional con objetivos específicos. Controla y coordina el trabajo sindical fijado por el Congreso Nacional. Tiene carácter deliberativo y resolutivo, y puede ser convocada por cualquier circunstancia por el CEN o la Asamblea Nacional de Delegados.


Artículo 37°.- La Convención Nacional está integrada por los miembros plenos siguientes:
a) Delegados regionales en la proporción siguiente:
-De 1 a 3 provincias, 1 delegado;
-De 4 a 6 provincias, 2 delegados;
-De 7 a 12 provincias, 3 delegados;
-De 13 a 24 provincias, 4 delegados; y
- Con más de 24 provincias, 5 delegados;

b) Con un delegado por cada SUTE provincial o sectorial; y

c) Los miembros del CEN.


Artículo 38°.- Entre los Congresos Ordinarios, se realizará por lo menos una Convención Anual Ordinaria.


Artículo 39°.- La Asamblea Nacional de Delegados Regionales es el organismo de dirección cuyas funciones son: Fiscalizar y coordinar la labor del CEN y de las bases regionales para el cumplimiento de las tareas y medidas de lucha, sobre las cuales puede tomar decisiones, previa consulta a las bases. Está conformada por los miembros del CEN y tres (3) Delegados porcada SUTE Regional.


Artículo 40°.- El Comité Ejecutivo Nacional del SUTEP estará integrado por los siguientes cargos:
1. Secretaría General;
2. Subsecretaría General;
3. Secretaría de Organización y Estadística;
4. Secretaría de Defensa;
5. Secretaría de Comunicaciones
6. Secretaría de Economía y Finanzas;
7. Secretaría de Relaciones Internacionales;
8. Secretaría de Interior;
9 Secretaría de Relaciones Sindicales y Populares;
10. Secretaría de Derechos Humanos;
11. Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte;
12. Secretaría de Asuntos Pedagógicos;
13. Secretaría de Solidaridad y Asistencia Social;
14. Secretaría de la Mujer Docente;
15. Secretaría de Asuntos de Educación Superior no Universitaria;
16. Secretaría de Investigación Pedagógica;
17. Secretaría de Educación Intercultural y Escuela Rural;
18. Secretaría de Educación Ecológica y Defensa del Medio Ambiente;
19. Secretaría de Relaciones con Estudiantes y Padres de Familia;
20. Secretaría de Autodefensa;
21. Secretaría Secretaria de Docentes Sin Nombramiento,
22. Subsecretaría de Organización y Estadística;
23. Subsecretaría de Comunicaciones;
24. Subsecretaría de Defensa;
25. Subsecretaría de Economía y Finanzas;
26. Subsecretaría de Relaciones Sindicales y Populares;
27. Subsecretaría de Asuntos Pedagógicos;
28. Subsecretaría de Educación Ecológica y Defensa del Medio Ambiente.


Artículo 41°.- Los Delegados del SUTEP y sus bases deberán informar permanentemente, y por escrito, sobre su labor desarrollada en las instituciones previsionales, de estímulo, representaciones sindicales, populares, nacionales e internacionales-, a que fueron designados, según corresponda.


Artículo 42°.- Los Delegados del SUTEP en las instituciones, organismos o comisiones a que fueron designados deberán tener en cuenta en su participación, los siguientes objetivos, según sea el caso: apoyar a los colegas en sus gestiones, fiscalizar a las autoridades, contribuir a su buen funcionamiento, y emplear adecuadamente los servicios a favor del gremio.


Artículo 43°.- Son atribuciones del CEN del SUTEP:

a) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y su Reglamento, y los acuerdos de los eventos nacionales;

b) Dirigir la actividad de todos los escalones sindicales por conductos orgánicos;

c) Representar al SUTEP en toda circunstancia;

d) Trazar la línea de trabajo en relación con los organismos sindicales y populares;

e) Pronunciarse sobre los acontecimientos nacionales, internacionales y sobre cuestiones culturales, educativas y magisteriales;

f ) Convocar los eventos nacionales del gremio.


Artículo 44°.- En los períodos de huelgas nacionales, se conformará el COMITÉ NACIONAL DE LUCHA, tomando como núcleo central al CEN e integrando a un delegado por cada SUTE Regional.


CAPÍTULO VII
DE LA ELECCIÓN DE lOS DIRIGENTES


Artículo 45°.- La elección de los dirigentes del SUTEP, desde los SUTE BASES hasta el CEN, es un proceso de selección de los más calificados militantes sindicales que se caracterizan por su probada consecuencia en la lucha, su lealtad al SUTEP y su conducta clasista. Los dirigentes podrán ser reelegidos al término de su mandato, sin más requisitos que la fiel observancia de los principios y práctica clasista.


Artículo 46°.- Los dirigentes de los SUTE BASES son elegidos en la Asamblea de la Base, especialmente convocada para tal fin.


Artículo 47°.- Los dirigentes de las bases distritales, provinciales y sectoriales (Lima y Callao), regionales y del CEN son elegidos en la Asamblea Distrital, Convención Provincial o Sectorial, Congreso Regional y Congreso Nacional, respectivamente.


Podrán realizar elecciones universales desde los SUTE Bases hasta el SUTE Regional, sólo por decisión o convocatoria de sus respectivos máximos organismos de gobierno (Asambleas, Convenciones o Congresos).


Artículo 48°.- Las impugnaciones por irregularidades que se presentaren en dichos procesos electorales, serán resueltas por los respectivos órganos convocantes y lo que señale el Reglamento del Estatuto del SUTEP.


Artículo 49° .- El periodo de las dirigencias, en todos los escalones es de dos años.


CAPÍTULO VIII
DE LA ECONOMÍA Y LAS FINANZAS


Artículo 50°.- La economía del SUTEP se basa en el principio de autosostenimiento económico y sus recursos son los siguientes:

a) Cotización ordinaria por planilla única de pagos;

b) Cotizaciones extraordinarias;

c) Donaciones; y

d) Producto de actividades financieras planificadas.


Artículo 51°.- La cotización ordinaria por cada afiliado es de 0.1% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y se efectiviza mensualmente a través del respectivo descuento por planilla única de remuneraciones.


La distribución de la cotización ordinaria entre los diferentes escalones se realizará en la proporción siguiente:

a) Para el SUTE Base: 25%

b) Para el SUTE Distrital: 25%.

c) Para el SUTE Provincial o Sectorial (Lima y Callao): 20%

d) Para el SUTE Regional: 15%

e) Para el CEN: 15% La cotización para el caso de los SUTE Regionales de Lima y Callao, será:

a) Para el SUTE Base: 30%

b) Para el SUTE Pectoral o Provincial: 30%

c) Para el SUTE Regional: 20%

d) Para el CEN: 20%


Artículo 52°.- Los Comités Ejecutivos de los escalones están obligados a realizar informes económicos semestrales y publicar el balance económico anual. Este último es aprobado en las respectivas Asambleas de Delegados de cada escalón y en Asamblea General del SUTE BASE.


CAPÍTULO IX
DEL ÓRGANO DE PRENSA SINDICAL


Artículo 53° .- El SUTEP tendrá un periódico que será su órgano oficial con el objeto de centralizar la prensa, contribuir al fortalecimiento orgánico, desarrollar la educación clasista de sus afiliados y servir de vehículo de comunicación con las masas populares. Es un deber de todos los escalones contribuir a su sostenimiento y garantizar su distribución.


DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

DISPOSICIÓN PRIMERA.- El presente Estatuto es único para todos tos escalones del SUTEP. Ninguna de las bases podrá adoptar Estatutos Particulares.


DISPOSICIÓN SEGUNDA.- Los órganos ejecutivos normarán su propio funcionamiento mediante un reglamento que no se opondrá al presente Estatuto y su Reglamento.


DISPOSICIÓN TERCERA.- El CEN y los Comités Ejecutivos Regionales podrán conformar sus órganos de asesoramiento, en lo económico, pedagógico y legal. Dichos órganos no constituyen instancias de gobierno sindical.


DISPOSICIÓN FINAL
Cualquier reforma del presente Estatuto sólo podrá efectuarse en un Congreso Nacional.


APÉNDICE


TRANSCRIPCIÓN DE PASAJES DEL «MENSAJE AL CONGRESO OBRERO»
de José Carlos Mariátegui (1)


«La discusión de las orientaciones, de la praxis, no es nunca tan estéril cuando reposa exclusivamente sobre abstracciones. La historia de los últimos años de crisis mundial, tan grávidos de reflexiones y enseñanzas para el proletariado, exige de sus conductores un criterio realista. Hay que despojarse radicalmente de viejos dogmatismos, de desacreditados prejuicios y de arcaicas supersticiones».


«El marxismo, del cual todos hablan pero muy pocos conocen y, sobre todo, comprenden, es un método fundamentalmente dialéctico. Esto es un método que se apoya íntegramente en la realidad, en los hechos. No es, como algunos erróneamente suponen, un cuerpo de principios de consecuencias rígidas, iguales para todos los climas históricos y todas las latitudes sociales. Marx extrajo su método de la entraña misma de la historia. El marxismo, en cada país, en cada pueblo opera y acciona sobre el ambiente, sobre el medio, sin descuidar ninguna de sus modalidades. Por eso, después de más de medio siglo de lucha, su fuerza se exhibe cada vez más acrecentada.


Los comunistas rusos, los laboristas ingleses, los socialistas alemanes, etc. se reclamen igualmente de Marx. Este solo hecho vale contra todas las objeciones acerca de la validez del método marxista ».

«El debate programático, entre nosotros, no tiene, además, porqué perderse en divagaciones teoréticas. La organización sindical no necesita de etiquetas sino de espíritu. Ya he dicho en «Amauta» que este es un país de rótulos. Y aquí quiero repetirlo. Extraviarse en estériles debates principistas, en un proletariado donde tan débil arraigo tiene todavía los principios, no serviría sino para desorganizar a los obreros cuando de lo que se trata es, justamente de organizarlos ».

«El lema del congreso debe ser la unidad proletaria».

«Las discrepancias teóricas no impiden concertarse respecto de un programa de acción. El frente único de los trabajadores, es nuestro objetivo. En el trabajo de constituirlo, los trabajadores de vanguardia tienen el deber de dar el ejemplo. En la jornada de hoy, nada nos divide: todo nos une».


«El sindicado no debe exigir a sus afiliados sino la aceptación del principio clasista. (2) Dentro del sindicato caben así los socialistas reformistas como los sindicalistas, así los comunistas como los libertarios. El sindicato constituye, fundamentalmente y exclusivamente, un órgano de clase. La praxis, la táctica dependen de la corriente que predomine su seno. Y no hay porqué desconfiar del instinto de las mayorías. La masa sigue siempre a los espíritus creadores, realistas, seguros, heroicos. Los mejores prevalecen cuando saben ser verdaderamente los mejores».


«...Los que provoquen escisiones y disidencias, en nombre de principios abstractos, sin aportar nada al estudio y a la solución de estos problemas, traicionan consciente o inconscientemente la causa proletaria ».


«Hay que formar la conciencia de clase. Los organizadores saben bien que en su mayor parte los obreros no tienen un espíritu de corporación o de gremio. Este espíritu debe ser ensanchado y educado hasta que se convierta en espíritu de clase. Lo primero que hay que superar y vencer es el espíritu anarcoide, individualista, egoísta, que además de ser profundamente antisocial, no constituye sino la exasperación y la degeneración del viejo liberalismo burgués; lo segundo que hay que superar es el espíritu de corporación, de oficio, de categoría». .


«La conciencia de clase se traduce en solidaridad con todas las reivindicaciones fundamentales de la clase trabajadora. Y se traduce, además en disciplina. No hay solidaridad sin disciplina. Ninguna gran obra humana es posible sin la mancomunidad llevada hasta el sacrificio de los hombres que la intentan».


«Aparte de concluir estas líneas, quiero deciros que es necesario dar al proletariado de vanguardia, al mismo tiempo un sentido realista de la historia, una voluntad heroica de creación y realización. No basta el deseo de mejoramiento, el apetito de bienestar. Las derrotas, los fracasos del proletariado europeo tienen su origen en el positivismo mediocre con que pávidas burocracias sindicales y blandos equipos parlamentarios cultivaron en las masas una mentalidad sanchopancesca y un espíritu poltrón. Un proletariado sin más ideal que la reducción de horas de trabajo y el aumento de centavos del salario, no será nunca capaz de una gran empresa histórica.

Y así como hay que elevarse sobre, un positivismo ventral y grosero, hay que elevarse por encima de sentimientos e intereses negativos, destructores, nihilistas. El espíritu revolucionario es espíritu constructivo.

Y el proletariado, lo mismo que la burguesía, tienen sus elementos disolventes, corrosivos, que inconscientemente trabajan por la disolución de su propia clase.


NOTAS:

(1) Las transcripciones corresponden al libro de José Carlos Mariátegui, Ideológica y política. Empresa Editora Amauta, Lima, 1986. Decimasexta edición. «El mensaje al Congreso Obrero» se inicia en la página 111 del libro en mención.

(2) En el libro citado, en el artículo «La Central Sindical del Proletariado Peruano» que se inicia en la página 128, el Amauta precisa aún más este punto, plantando «... el funcionamiento de una central basada en el principio de lucha de clases y de unidad proletaria (Ob. Cita Pág. 129), refiriéndose a la CGTP.

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